Procedimiento de solicitud para alumnos universitarios
Las titulaciones ofertadas son en general todas las definidas en el Artículo 2 de la ley 44/2003 de 21 de noviembre como profesiones sanitarias, además de todas aquellas que se asignen en los convenios existentes en la actualidad o que se asignen con posterioridad.
Artículo 2 
Texto completo de la ley 44/2003 
Es necesario que el alumno tenga superado en el momento de la solicitud el número de créditos establecido en el convenio.